
ORDENANZA
«Medidas de Prevención y Normas de Bioseguridad para evitar la Propagación del Virus Covid-19»
Las infracciones son sancionadas en los artículos 15, 16, 17 y 18.
Artículo 189 del Código Orgánico Administrativo y 282 del Código Orgánico Integral Penal.
Multa: Primera vez será con el 25% al 40% (sueldo básico unificado),
en caso de reincidencia, el doble de la multa, segunda reincidencia será el triple de la multa.
